INFORME
‘El arroz no brilla como el oro’
En festival del arroz, campoalegrunos defienden la minería

Por: John Hammer León Cuéllar - E-Mail: johnhammerl@yahoo.es
Director Unidad Investigativa Tusemanario.com

Empresarios mineros y cultivadores de Campoalegre han hecho causa común para mirar en la minería una alternativa a la crisis agropecuaria. Mientras la CAM señala daños ambientales, Ingeominas responde petición a labriegos de Campoalegre promoviendo la legalización de minería tradicional y el Ministerio de Minas junto al del Medio Ambiente reglamentan la Ley 1382 de 2010.


Cultivos de arroz, como el que se encuentra en la vía que conduce de Sebastopol a El Rincón, en Llano Norte, Municipio de Campoalegre, germinan sobre tierras donde recientemente se ha practicado la minería, lo que para labriegos y mineros, es una prueba fehaciente de la fertilidad de los suelos luego de prácticas mineras, respetando la ronda del río Magdalena. Ante la crisis arrocera y agropecuaria, varios cultivadores piensan alternar su actividad en el campo con una minería que consideran ancestral y tradicional, en sitios como el Meloche de la Ovejera, la Candelaria, el Rincón y Sebastopol.

En los últimos meses, Campoalegre ha venido siendo noticia en el Huila. Y no solamente por la crisis arrocera que tiene en la quiebra a muchos de sus cultivadores, o por sus tradicionales fiestas arroceras en el mes de agosto, sino porque propietarios de tierras, labriegos y empresarios mineros han venido explotando la minería, extrayendo oro de aluvión en algunas zonas de la vereda El Rincón, como una forma de afrontar la crisis del sector agropecuario.

Según el Alcalde de Campoalegre, Doctor César Alberto Polania, si antes en un año se comercializaba cerca de $100.000 millones en el cultivo de arroz, hoy esta cifra pasó a la mitad. Así mismo el sector completo de la agricultura está pasando una difícil situación debido a las razones que expone el Secretario de Asuntos Agropecuarios del Municipio, Armando Cortés:

Factores climatológicos (verano-invierno), factores fitosanitarios (plagas, hongos y ácaros (bactericidas), baja producción arrocera (50 cargas por Ha), acompañado de ello los duros descuentos en la entrega del producto a la industria molinera, la demora en el pago y el bajo valor del producto. Baja productividad de la leche (problemática por el jarreo), baja producción de cobertura vegetal para forraje o nutrición animal, y la ola de verano influenciando en la normalidad del desarrollo pecuario (carne-leche).

Según el funcionario “el sector agropecuario, es un sector vulnerable porque no posee respaldo de las organizaciones agropecuarias (fedearroz, fedegan, etc.) en el fomento y respaldo oportuno al campesino para controlar la entrada del contrabando, políticas de investigación y seguimiento a las casas comerciales, regulación de la industria molinera y mas aún, subsidio que beneficien al agricultor. El campesino se ve abocado por las deudas y sustentación económica a incursionar en nuevas actividades para sus ingresos, como en la zona de El Rincón, donde se explota oro”, advierte el Director de la Umata del Municipio de Campoaelegre, Armando Cortés.


Mientras la CAM ordena suspensión preventiva por daños a la ronda protectora del Rio Magdalena, entre otros hallazgos, en algunos predios de la Vereda El Rincón, Municipio de Campoalegre, Operarios de máquinas y barequeros (mineros tradicionales), defienden la minería como fuente de trabajo.

No obstante esta alternativa de la minería para los cultivadores en crisis, la CAM mediante Resolución 1886 del 15 de julio de 2010, motivada por la constatación de daños ambientales, ordena suspender preventivamente la actividad minera en algunos municipios del Huila, sobre la Ronda del Rio Magdalena desde Betania hasta Neiva, en los municipios de Yaguará, Campoalegre, Rivera, Palermo y Neiva.

Ante esta medida de la CAM, hoy son miles los barequeros (mineros artesanales), varias personas empleadas formalmente (operarios de máquinas) y algunos empresarios mineros que hacen presencia en Campoalegre, quienes protestan por el Derecho al Trabajo, a la Libertad de empresa y consideran que la Ley 1382 de 2010, Legalización de minería tradicional, ofrece unos tiempos reglamentarios para legalizar su situación, sin desconocer la responsabilidad ambiental.



Así mismo, existe la expectativa de muchos campoalegrunos, que ven en el actual Programa de Gobierno ‘Campoalegre Entregado a su Gente’, subprograma ‘Campoalegre Minero’, la promoción de la minería como un renglón importante de la economía que puede generar ingresos al Municipio y a miles de familias que hoy subsisten ilegalmente de este oficio.

Varios de los que se dedican al trabajo de la minería de manera formal (operarios) y sobre todo informal (barequeros), son del Municipio de Campoalegre. Tambien provienen de los Municipios de Palermo, Hobo, Neiva, Gigante, Garzón, Tesalia, Colombia y Aipe que llegan hasta Campoalegre a minear, lo que consideran les da el sustento diario. En Campoalegre existen 4 explotaciones mineras ilegales, con permisos de explotación y solicitudes de legalización ante Ingeominas,

John Hollman Polania, oriundo del Municipio de Yaguará es Barequero o Minero artesanal de la Mina El Chocó, Municipio de Campoalegre. Hace 7 años se dedica a esa actividad. Considera que es una oportunidad de trabajo que no ofrece ni el gobierno ni la sociedad. Cuenta que a veces se hace entre $500.000 y $600.000 mensuales, vendiendo el oro que saca de la mina.



Ingeominas respondió petición de labriegos


Campesinos, propietarios de tierras y cultivadores han decidido asociarse para mirar en la minería una opción viable dentro de las normas mineras y ambientales, que alivie sus pérdidas económicas por la crisis agropecuaria y arrocera de Campoalegre. Solicitaron ante Ingeominas información al respecto y obtuvieron respuesta por parte de la autoridad minera. Dicen que la Minería tradicional existe en Campoalegre desde hace mucho tiempo.

Ante la crisis del sector agropecuario y arrocero de Campoaelegre, 23 labriegos, parceleros y fincarios (propietarios de predios) y comunidad en general de la vereda Llano Norte del Municipio de Campoalegre habían manifestado el pasado 11 de junio a través de un oficio al Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, algunas inquietudes para que los orientaran sobre cómo la comunidad podría contribuir a los planes de legalización de minería de hecho, en el marco de la nueva ley minera, Ley 1382 de 2010 y teniendo en cuenta la difícil situación de la agricultura que están padeciendo los labriegos en el Municipio de Campoalegre.

Según la respuesta de Ingeominas a esta solicitud, en oficio fechado el 06 de julio de 2010, dirigido a la comunidad peticionante, con copia al Alcalde, a la UMATA y Personería de Campoalegre, y a la Procuraduría Provincial Ambiental y Agraria del Huila, con el artículo 12 de la Ley 1382 de 09 de febrero de 2010 “el legislador facultó a los explotadores, los grupos y asociaciones de minería tradicional que exploten minas de propiedad estatal sin título minero inscrito en el Registro Minero Nacional, para que se acojan al Programa de Legalización Minera a fin de legitimar su situación…”, dice el oficio.

El documento que fue firmado por Edward Adan Franco Gamboa, subdirector de Contratación y Titulación Minera, con el visto bueno de Hugo Alfredo Macías Flórez, Coordinador del Grupo de Legalización Minera, también advierte que “de conformidad con el parágrafo primero del artículo 1 de la Ley 1382 de 2010, se entiende por minería tradicional aquella que realizan personas o grupos de personas o comunidades que exploten minas de propiedad estatal sin título inscrito en el Registro Minero Nacional y que acrediten que los trabajos mineros se vienen adelantando en forma continua durante cinco (5) años, a través de documentación comercial y técnica, y una existencia mínima de diez (10) años anteriores a la vigencia de esta ley”, haciendo referencia a la Ley 685 de 2001, o Código Minero.

El oficio también aclara que si no se demuestran las condiciones para acreditar minería tradicional, lo aconsejable es “acudir a presentar una Propuesta de Contrato de Concesión, que goza de una connotación diferente a la solicitud de legalización”.


Reglamentan parcialmente Ley Minera

El Decreto 2715 de 28 de julio de 2010, reglamentó parcialmente la Ley 1382 de 2010. Mientras solicitan su legalización, los mineros tienen que demostrar su calidad de mineros tradicionales ante Ingeominas y seguir con sus actividades con planes ambientales aprobados por las autoridades competentes, para el caso del Huila la CAM, entidad que puede proceder con medidas ambientales preventivas o sancionatorias cuando considere necesario.

Se había creado una incertidumbre por la falta de la reglamentación de la Ley 1382 de 2010 y varios conceptos se extreman de manera opuesta: La CAM con su medida de control preventivo en protección al medio ambiente; los mineros refugiándose ante la norma minera que faculta su actividad mientras se van legalizando con tiempos reglamentados; los alcaldes, exceptuando al del Municipio de Campoalegre, varios de los cuales no asistían a reuniones programadas por la Procuraduría Ambiental y Agraria,; ambientalistas y juristas advirtiendo que toda actividad tiene un impacto ambiental que debe ser controlado en el marco de la normas que rigen las actividades del hombre y éstas en armonía con las normas ambientales.

Sin embargo, recientemente, el Ministerio de Minas y Energía y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, reglamentaron parcialmente la Ley 1382 de 2010, con el Decreto 2715 del 28 de julio del presente año, entre lo que se destaca que es la autoridad minera, Ingeominas, la que le compete legalizar “la actividad minera adelantada por aquellos explotadores, grupos o asociaciones que acrediten ser mineros tradicionales…”

El Decreto, que reglamenta Minería tradicional, legalización de la actividad minera incluidas la realizada con minidragas, autorizaciones temporales y prórroga y renovación de los contratos de concesión minera, deja claro que:

“desde la presentación de la solicitud de legalización y hasta tanto la autoridad minera resuelva las solicitudes de legalización, y se suscriba el respetivo contrato de concesión minera, no habrá lugar a proceder, respecto a la aplicación de las medidas previstas en los artículos 161 y 306, ni a proseguirles las acciones penales señaladas en los artículos 159 y 160 de la Ley 685 de 2001, sin perjuicio de la aplicación de las medidas preventivas y sancionatorias de carácter ambiental”. Es decir, la reciente reglamentación de la nueva ley minera, no impide que la autoridad ambiental actúe en el ejercicio de sus funciones si a bien lo consideran.

‘Convocar y Concertar’

Doctor César Alberto Polania, Alcalde Municipio de Campoalegre

Al escritorio del Alcalde de Campoalegre han llegado los oficios de la Procuraduría Ambiental y Agraria y de la Contraloría General de la República, advirtiendo sobre la Resolución impuesta por la CAM, para suspender de manera preventiva toda actividad minera, y advirtiendo sobre la falta de control para evitar daños ecológicos y ambientales.

El Alcalde de Campoalegre, Doctor César Alberto Polania, que ha venido promoviendo audiencias públicas con la comunidad vinculada a la minería y con las autoridades ambientales, y que siempre ha sido amigo de lo que ha denominado como una ‘tarea para convocar y concertar’, ha dicho que además de las visitas a los sitios donde se encuentra la explotación señalada por la CAM, en cumplimiento a la Resolución de la autoridad ambiental, también considera tener en cuenta la postura del Procurador Ambiental y Agrario del Huila, Doctor Diego Vivas, la misma CAM y algunos empresarios mineros, en el sentido de solicitar la presencia urgente de Ingeominas para alcanzar un compromiso de todas las partes, y aclarar algunos temas de la ley minera.

Ha dicho el alcalde de Campoalegre que “nuestra actitud siempre ha sido la de acompañar, y que ello signifique el cumplimiento de estos mineros ante los requerimientos que hace la CAM para que haya una explotación sin impacto negativo al medio ambiente y con el menor riesgo a las familias que están ahí. Nos interesa que haya una explotación legal, que se agilicen los procesos de legalización porque eso significa que las condiciones sean como manda la ley, protección al medio ambiente, garantías para quienes desarrollen esta actividad, controles sobre la explotación para que así mismo se refleje en los ingresos por regalías al municipio”.

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