Restringen uso y aprovechamiento de recursos naturales en Huila por Fenómeno de El Niño

408 views
6 mins read

Entre las restricciones se encuentran las quemas para actividades agropecuarias, la suspensión de los aprovechamientos forestales, la presentación de planes para el uso y ahorro eficiente del recurso hídrico, entre otras acciones preventivas.

La Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena-CAM, prendió las alarmas y emitió la Resolución 4070 de 2018, a través de la cual se restringe el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables del Huila, con el propósito de contrarrestar los posibles efectos que el fenómeno de El Niño puede ocasionar en el departamento.

El Fenómeno de El Niño que trae consigo el registro de altas temperaturas, puede ocasionar grandes consecuencias en el departamento como la disminución en las precipitaciones, bajar los caudales de los ríos, aumento de los incendios de la cobertura vegetal y afectar seriamente el sector agrícola, forestal y pecuario.

Prohibir quemas

“Es así como la Corporación a través de la Resolución 4070, prohíbe en el departamento del Huila, a partir de la fecha y hasta culminar el fenómeno de El Niño del año 2019, las quemas abiertas para la preparación de terrenos y otras actividades productivas, con el fin de prevenir la ocurrencia de incendios de la cobertura vegetal y pérdida de la diversidad”, dice el documento emitido por la CAM.

Aprovechamiento forestales

Así mismo, la CAM suspende los aprovechamientos forestales en las cuencas de alto conflicto por déficit hídrico. Sin embargo, con motivo de situaciones de desastres y de calamidad pública, crecientes extraordinarias, vendavales y otras emergencias; se permitirá en función de la reducción del riesgo de desastres, el aprovechamiento forestal en las zonas afectadas.

Sector piscícola

Además, se ordena a las empresas piscícolas, la elaboración de el Plan de Gestión del Riesgo de Desastres, relacionados con el uso y ahorro eficiente del recurso hídrico. Dichos Planes deberán ser presentados ante la Corporación antes del 15 de enero de 2019, los cuales serán analizados para su aprobación por Dirección Territorial correspondiente en virtud de la facultad delegada por la Dirección General.

Los entes territoriales o las empresas prestadoras de servicio de acueductos y empresas administradoras de acueductos regionales, deberán elaborar el Plan de Gestión del Riesgo de Desastres, relacionados con el uso y ahorro eficiente del recurso hídrico, en especial al diagnóstico de la oferta hídrica de las fuentes de abastecimiento y la demanda de agua.

“Dichos Planes deberán ser presentados ante la Corporación antes del 15 de enero de 2019; los cuales serán analizados para su aprobación por la Dirección Territorial correspondiente en virtud de la facultad delegada por la Dirección General”, establece la resolución.

Ahorro de agua

Los municipios y las empresas prestadoras de servicio de acueductos deberán implementar estrategias para evitar o limitar el uso del agua provista por el acueducto, para actividades de riego de prados, jardines, lavado particular de autos, o actividades no autorizadas.

La Corporación monitoreará con una periodicidad mensual por parte de las Direcciones Territoriales a partir de la fecha, las corrientes de alto conflicto y de las cuales se ha otorgado concesiones, con el fin de establecer la necesidad de restringir los usos que demanden alto caudal; dando aplicación al Decreto 1076 de 2015, sobre la restricción temporal de los usos, o turnos para el uso del recurso y/o distribución porcentual de los caudales concesionados.

Los beneficiarios de las concesiones deberán contribuir al uso adecuado y racional del recurso hídrico concesionado, absteniéndose de instalar cultivos que demanden altos caudales, ya que estos pueden ser afectados por la no disponibilidad del recurso hídrico para su desarrollo.

Sanciones

El incumplimiento a las obligaciones previstas en la presente Resolución dará lugar a la imposición de las sanciones señaladas en el artículo 40 la Ley 1333 de 2009, previo procedimiento sancionatorio Ambiental adelantado contra los presuntos infractores. Para tal efecto los Consejos Municipales de Gestión de Riesgo de Desastres deberán reportar a esta Corporación los eventos relacionados con incendios de la cobertura vegetal.

Los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres deberán divulgar el contenido de la presente Resolución en su respectiva jurisdicción.

Incendio Forestales

De acuerdo a la información suministrada por los Cuerpos de Bomberos del departamento, a la fecha se han reportado 18 incendios de cobertura vegetal (desde el 1 al 7 de enero), dejando una afectación de 173 hectáreas principalmente entre pastos y rastrojos.

Estos eventos se han registrado en los municipios de Gigante, Tello, Teruel, Neiva, Agrado, Baraya, Saladoblanco, Aipe, Ísnos y Nátaga.

Deja una respuesta

Your email address will not be published.

Ir al contenido